La Dirección Nacional de Migraciones anunció la puesta en vigencia del decreto 1654/08 que establece el cobro de una tasa de ingreso a los extranjeros que provengan de Estados Unidos, Canadá y Australia, a partir del 1° de enero de 2010. Esta "tasa de reciprocidad", anunciada en 2008 -y en suspenso hasta ahora-, supone para los turistas estadounidenses un pago de US$ 131, para los canadienses de US$ 70 y para los australianos de US$ 100, todos ellos montos equivalentes a los que debe pagar el argentino que solicita visa para viajar a esos países.
Desde la Cámara Argentina de Turismo manifestaron su preocupación: "Como le expresáramos a la Presidenta de la Nación, en octubre de 2008, y a la ministra de Industria y Turismo, en febrero y noviembre de este año, atento los perjuicios que la aplicación de esta medida traería aparejados a nuestra actividad, la Cámara considera que el pedido debe interpretarse como de no imponer trabas al turismo, por el contrario, propiciar un mayor flujo y facilidades, teniendo en cuenta que el turismo receptivo es una de las más importantes fuentes de divisas".
ACCESO AL DECRETO Nº 1654/2008: http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/145000-149999/145606/norma.htm

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